TRAJERON UN BUS EN REEMPLAZO ¿QUIÉN TIENE DERECHO A SENTARSE?
HALAJOT JOSHEN MISHPAT
TRAJERON UN BUS EN REEMPLAZO ¿QUIÉN TIENE DERECHO A SENTARSE?
Llegó una pregunta sobre un bus el cual iba lleno de pasajeros, tanto parados como sentados, y este bus había emprendido rumbo desde el norte del país hacia el centro del país, un viaje promedio de tres horas aproximadamente. En medio del camino, hubo una falla mecánica en el bus, y al llegar el equipo técnico de la empresa de buses, se dieron cuenta que no había forma de arreglarlo en el lugar, por lo que tendrían que mover a todos los pasajeros a un bus de reemplazo que ya venia en camino, y el primer bus se lo llevarían en grúa hacia el taller.
Al momento en que los pasajeros se bajaron del primer bus, comenzó una discusión entre ellos. Quedaba una hora y media de trayecto aun y todos querían ir sentados y no ir parados. Con mayor razón que los que habían comenzado el trayecto parados, ya llevaban 1 hora y media parados y lo único que querían era sentarse. Sin embargo, se crearon tres grupos en el lugar. Había un grupo de las personas que ya venían sentadas en el primer bus, quienes decían que tenían el derecho de seguir estando sentados en el bus de reemplazo que estaba por llegar, de la misma forma que venían sentados en el primer bus. Por otro lado se creo un grupo de las personas que venían paradas en el primer bus, quienes decían que tenia que haber justicia y por ende los que ya habían transcurrido la mitad del camino estando parados, deben sentarse, y los que estaban sentados deben pararse esta vez. Y como tercer y ultimo grupo, habían unos cuantos que decían, “El que llega, llega”, es decir, el que logra agarrar un asiento en el bus nuevo, lo agarró y es suyo. ¿Quién tiene la razón?
Maran Ha´Shuljan Aruj [Joshen Mishpatm siman 312, seif 17] trae que si es que una persona arrendó una casa de forma normal, y de repente la casa se derrumbó, el dueño de la casa esta obligado en entregarle una casa en reemplazo al arrendatario hasta que corrija el error, e incluso si es que la segunda casa de reemplazo es más pequeña que la primera, el arrendatario tiene que aceptarlo, ya que al fin y al cabo lo que recibió en reemplazo de la casa que arrendaba también se llama casa. Por ende aparentemente, podríamos decir que en nuestro caso del bus, por el hecho de que la empresa entregó un bus en reemplazo, cumplió con su obligación y no requiere preocuparse de que todos tengan asiento, y el que llega primero a tomar el asiento del segundo bus, se lo queda.
Sin embargo, al parecer, el grupo de los que venían sentados en el primer bus es quien tiene la razón. El motivo de esto, es dado que todas las personas que venían paradas en el primer bus, lo cual significa que se subieron al final cuando ya no habían lugares para sentarse en aquel bus, técnicamente se subieron con la conciencia de que ahora se someterían a un viaje de tres horas parados dentro del bus, lo que quiere decir que cedieron su derecho de sentarse. En cambio todas aquellas personas que venían sentadas en el primer bus, no cedieron su derecho de sentarse al momento de subirse al bus, y además su argumento tiene razón, dado que ellos nos se hubieran subido al primer bus para someterse a un viaje de tres horas si es que no hubiera habido lugar para sentarse en aquel bus, es por eso que ellos tienen el derecho de seguir sentandose en el bus que llegue de reemplazo, dado que para aquellas personas que venían sentadas en el primer bus, recibir un bus de reemplazo donde no se puedan sentar y deban ir parados, seria igual que una persona la cual se le derrumbó la casa que arrendaba, y envés de recibir una casa de reemplazo, tal como la halajá lo exige, recibió una casa rota, lo cual no sirve.
De todas formas, es importante destacar que todo esto es en caso de que se esta hablando de un trayecto entre ciudades, ya que en aquel tipo de trayectos que son largos, las personas acostumbran a sentarse y no acostumbran a viajar parados, y por eso decimos que los que venían sentados en el primer bus tienen el merito de sentarse en el bus de reemplazo gracias a su argumento que si es que no hubieran habido lugares para sentarse desde un comienzo, no se hubiera subido al bus, pero si es que se tratara de un bus que anda dentro de la ciudad, lo cual normalmente se trata de trayectos que la gente acostumbra transcurrirlos parados en caso de que sea necesario, en ese caso se puede decir que cuando llegue un bus de reemplazo, el primero en tomar asiento gana, y no se puede decir que los que venían sentados adquirieron ese derecho de ir sentados, dado que la gente acostumbra subirse al bus estando parados o sentados, lo cual es igual que recibir una casa más pequeña en reemplazo a una casa más grande que se derrumbo, lo cual vimos que es válido.
EN RESUMEN
En un trayecto de bus entre ciudades, un pasajero que venia parado no puede tomar el lugar en el bus de reemplazo de uno de los pasajeros que venia sentado en el primer bus, sino que los lugares para sentarse se consideran arrendados para aquellos que venían sentados en el primer bus, y ese derecho se extiende incluyendo el bus de reemplazo.
Pero si es que se trata de un trayecto dentro de la ciudad, al parecer se anula esta condición respecto a bus de reemplazo, y por ende el que llegue primero a tomar un asiento se lo gana.